Para poder viajar a España y cursar estudios por más ciento ochenta días, debes disponer de un visado de estudios.
El visado asimismo es preciso si se marcha a realizar prácticas no laborables por un plazo superior a noventa días, servicios de voluntariado, estancias formativas, plazas M.I.R., movilidad de alumnos y estudios para escolarización de menores.
En los casos en que los familiares del estudiante deseen establecerse en España por más de tres meses, también es preciso obtenerlo.
Contacte con Sterna Abogados de Extranjería Madrid para poner solución de forma inmediata a cualquier duda. Nuestros abogados expertos en temas de extranjería e inmigración, de manera profesional y personalizada, le ofrecerán todo tipo de información de toda la documentación a presentar, donde realizar la solicitud, el tiempo de espera, tasas correspondientes a pagar, etcétera, a fin de que usted obtenga el visado de estudios sin problema alguno.
Es preciso solicitar una cita previa para poder presentar toda la documentación pedida, la cual debe aportarse en original y copia.
A través del consulado pertinente desde el país de origen es la manera tradicional de solicitar una estancia de estudios o visa de estudiantes. Sin embargo hoy en día por el Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto, ahora la solicitud de la autorización de estancia por estudios puede presentarse personalmente desde el propio territorio español. Para esto la persona extranjera debe de encontrarse de manera regular en España y presentar la petición a lo largo de los primeros sesenta días de su estancia o bien treinta días antes de la caducidad de su estancia.
Además para poder solicitar la visa de estudiante desde España, el demandante debe de cumplir una serie de requisitos de los cuales Sterna Abogados Madrid podrá informarle. Entre los requisitos a cumplir destacamos. abogados inmigrantes
Dependiendo de si el solicitante se encuentra dentro o bien fuera de España, la manera de presentar la solicitud va a cambiar.
Si el demandante se encuentra en España sin visado, puede ser presentada personalmente por la propia persona o bien mediante los medios telemáticos.
Si el solicitante se halla fuera de España, la solicitud debe ser presentada con visado de forma personal o bien mediante representación en la oficina consular donde resida.
Los estudiantes nacionales de ciertos países están exentos de la obtención de visado siempre que la estancia en el país no supere los 180 días.
Dependiendo de la duración de los estudios, pueden solicitarse dos tipos de visados:
Conocida como la visa de visitante de corta duración. Esta vez los estudios a efectuar deben de tener una duración entre noventa días y ciento ochenta días.
Este tipo de visa no es renovable, por lo que los estudios deben de acabar en el período establecido.
Para periodos superiores, es necesario el solicitar una visa específica de estudios.
Para una estancia superior a 180 días. La persona interesada debe de entregar en el Consulado Español en su país toda la documentación que se precisa tanto en original como en copia: fotografías en color tamaño pasaporte, pasaporte actual o bien título de viaje, formulario de petición de visado, títulos de estudios anteriormente realizados, seguro médico, carta de admisión del centro de estudios, certificado médico que valide que la persona no padece ningún tipo de enfermedad que pueda repercutir gravemente en la salud pública, perseverancia de fondos económicos que puedan cubrir su estancia en el país, etc.
Sterna Abogados de Extranjería en Madrid quiere hacerle saber que el visado de estudiante puede ser renovado. Para ello es necesario pedir su extensión o renovación en los 60 días anteriores a que su autorización por estancia de estudios concluya.
Es importantísimo mantener todos y cada uno de los requisitos con los que tuvo la concesión anterior del visado como son contar con medios económicos suficientes, un seguro médico y no tener antecedentes penales. Además de esto ha debido de haber finalizado los estudios para los que se le concedió el visado y estar ya matriculado en el próximo curso.
La renovación debe efectuarse dentro del plazo establecido, de no ser de este modo dispone de un periodo de gracia de 90 días una vez que el visado expire para realizar la solicitud si bien se expone a la incoación del pertinente procedimiento sancionador.
En en el caso de que la prorroga sea denegada y en dependencia del motivo, tendrá la posibilidad de recurrir la denegación a través de recurso de reposición (en un plazo de un mes desde que la denegación es notificada) o por la vía contencioso administrativa (2 meses a partir de la notificación).
Otras de las opciones es volver nuevamente al país de origen y solicitar un nuevo visado en el consulado.
Lo más recomendable es ponerse a cargo de abogados especialistas en temas de extranjería e inmigración como los que puede localizar en Sterna Abogados la capital española, que le informarán sobre otro tipo de vías opciones alternativas que le van a ayudar a regularizar su situación.
Este género de visado no le permite lograr un empleo, tan sólo podrá hacer prácticas en empresas, esto es trabajar a jornada reducida y puede que ciertos negocios le ofrezcan prácticas con una ayuda económica al estudiante.
Si quiere trabajar a jornada completa y pertenecer al mercado laboral español, va a ser necesario pedir otro tipo de visado como:
En Sterna Abogados de Extranjería Madrid, ofrecemos una atención adaptada a todos nuestros alumnos extranjeros, acompañándole y guiándole durante todo el proceso hasta la finalización de los estudios.
En nuestra página web podrá hallar la forma de contactar con nuestro equipo de abogados y con considerablemente más detalle encontrará toda la información que precisa si lo que busca es venir a estudiar a España. abogado de extranjería en valencia